Una de las principales desgravaciones en el IRPF que teníamos los españoles era la de la vivienda habitual. Este tipo de deducciones se introdujeron debido a que España es un país dónde se compra mucha propiedad inmobiliaria y la mayor parte de la población se encuentra endeudada por las hipotecas.
La declaración de la renta del 2009 será la última dónde se podrá desgravar de un modo general – sin tener en cuenta la renta del declarante – por la vivienda habitual. A partir del próximo año los únicos que podrán desgravar por la compra de pisos serán aquellos que tengan, por todos los conceptos, unos ingresos menores de 24.000 €.
Actualmente se puede desgravar en la declaración de la renta por la vivienda habitual – ya sea de obra nueva o segunda mano – en los siguientes supuestos: adquisición y rehabilitación de la vivienda habitual, construcción o ampliación de la vivienda habitual, ser titular de una cuenta ahorro vivienda y la adecuación de la vivienda por minusvalía.
Con el anterior diseño las deducciones se llevaban a cabo por adquisición de vivienda habitual. Además cuando la compra de la vivienda habitual se llevaba a cabo mediante dinero de una entidad ajena, aquí entrarían las hipotecas, era posible realizar diferentes deducciones. Por lo general se podia deducir hasta un 15% de lo que se ha aportado anualmente para la compra de la vivienda siendo el límite 9.015,18 €.
Para la cantidad citada la deducción máxima será de 1.352,27 €. La desgravación hace necesario incluir el capital amortizado, intereses pagados y cualquier tipo de gasto debido a la financiación de la compra de vivienda.